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PREGUNTAS FRECUENTES DE LA ERA DE LA RAMPA

Estas preguntas frecuentes pretenden ser un punto de referencia de acceso rápido para las preguntas más comunes, y no un sustituto de las directrices del Programa de Ayuda de Emergencia para el Alquiler de Mississippi o de la legislación aplicable.

General

Sí, los propietarios pueden iniciar una solicitud en nombre de sus inquilinos. Después de que el propietario inicie una solicitud, el inquilino recibirá un correo electrónico con instrucciones para completar la solicitud. El inquilino debe completar la parte de la solicitud correspondiente al inquilino para que la petición de ayuda esté completa y sea considerada.

Las solicitudes iniciales dejarán de aceptarse a partir del 15 de agosto de 2022. Las solicitudes de recertificación dejarán de aceptarse a partir del 29 de septiembre de 2022.

La ayuda financiera en el marco del programa puede proporcionarse a los hogares que reúnan los requisitos para cubrir los gastos relacionados con el alquiler actual y pasado y/o los servicios públicos actuales y pasados y los costes de energía del hogar.

Puede llamar al centro de llamadas al número local: 601-533-8401 o al número gratuito: 1-888-725-0063

Las decisiones de adjudicación se anunciarán por correo electrónico. Por favor, asegúrese de que la dirección de correo electrónico que proporciona en su solicitud está introducida correctamente y de que la revisa regularmente.

Sí, el correo electrónico de notificación sobre las decisiones de solicitud le indicará el motivo por el que su solicitud no fue aprobada.

Si su arrendador acepta los pagos del Programa, éste se ha comprometido a no desalojarle durante un periodo de tiempo (a partir de los 90 días de la recepción del último pago del Programa), a menos que sea por determinados motivos limitados, como una actividad delictiva.

Los inquilinos deben informar a su casero del Programa y dirigirlo a ms-ramp.com para obtener información y requisitos de elegibilidad.

La ayuda financiera se proporcionará directamente al propietario o al proveedor de servicios públicos, a menos que el propietario o el proveedor de servicios públicos se niegue a participar en el programa. En esas circunstancias, el pago se hará al inquilino.

No, a menos que se determine que la información contenida en la solicitud era falsa, fraudulenta o materialmente engañosa.

Documentación

Sí, debe aportarse el contrato de arrendamiento original, así como cualquier modificación o prórroga del mismo.

Para ser considerado para la subvención, debe presentar todos los documentos requeridos.

No se pueden hacer cambios en una solicitud si ésta ha sido presentada y la revisión no ha comenzado. Sin embargo, después de presentar su solicitud, puede cargar documentación adicional en "Comprobar mi estado". Si necesita corregir un error o volver a solicitar el Programa, llame al número local (601-533-8401) o al número gratuito (1-888-725-0063), y será dirigido a alguien que pueda ayudarle.

Elegibilidad

Sí, si usted o un miembro de su hogar ha calificado para los beneficios de desempleo desde el 13 de marzo de 2020, y puede proporcionar la documentación de dicha calificación del Departamento de Empleo de Mississippi u otra agencia estatal de beneficios de desempleo.

Se acepta un contrato de alquiler de mes a mes si el solicitante aporta documentación que acredite que existe un contrato de alquiler en vigor y el importe de la renta mensual.

Sí, siempre que exista un contrato de alquiler válido y se cumplan todos los demás requisitos de elegibilidad.

No, debe residir actualmente en la unidad para la que se solicita el alquiler.

Los alquileres o servicios públicos atrasados incurridos a partir del 13 de marzo de 2020 pueden ser pagados con fondos del Programa.

No. Un solicitante puede solicitar cualquier ayuda vencida para cualquier mes dentro del plazo del 13 de marzo de 2020 a la fecha de solicitud.

Un solicitante puede ser elegible cuando uno de los miembros del hogar es un pariente del propietario sólo si (1) el propietario no vive en la misma residencia que el solicitante; (2) el solicitante es capaz de proporcionar la documentación de pago de alquiler pasado; y (3) se cumplen todos los demás requisitos. Por "familiar" se entiende los hijos, padres, hermanos, abuelos, tíos, incluidos los padrastros y los suegros.

Un inquilino puede seguir solicitando el programa si ha recibido dinero de otros programas de ayuda relacionados con COVID-19; sin embargo, un inquilino no puede solicitar ni recibir financiación de ninguna otra fuente (federal, estatal o privada) para la ayuda al alquiler o a los servicios públicos solicitada en su solicitud del programa.

La ayuda puede proporcionarse durante un total de hasta 12 meses (o 15 meses cuando sea necesario para garantizar la estabilidad de la vivienda, en función de la disponibilidad de fondos).

Sí, durante un máximo de tres meses, a menos que el solicitante vuelva a solicitarla y MHC no disponga de fondos. Todos los alquileres pasados deben ser pagados primero antes de que la ayuda al alquiler pueda ser proporcionada en adelante.

La ayuda de emergencia para el alquiler o la ayuda para los servicios públicos proporcionada a un hogar no puede duplicar ninguna otra ayuda para el alquiler financiada con fondos federales que se haya proporcionado a dicho hogar.

No. Este programa sólo permite prestar ayuda a los hogares que reúnen los requisitos y que son inquilinos.

La RAMP sólo podrá conceder recargos por demora si se consideran razonables.

Sí, si cumple los requisitos. Los pagos de alquiler de la casa prefabricada y/o de la parcela de terreno que ocupa la casa prefabricada son elegibles para la ayuda financiera.

Si el HUD no cubre la totalidad del importe del alquiler y el inquilino tiene una obligación de pago, deberá solicitarlo si cumple otros requisitos.

Sí, siempre que (1) ningún miembro de la unidad familiar sea firmante o cofirmante de la hipoteca; (2) ningún miembro de la unidad familiar sea titular de la escritura o del título de propiedad; y (3) ningún miembro de la unidad familiar haya ejercido la opción de compra de la propiedad.

Aplicación

Por lo general, el solicitante debe proporcionar siempre lo siguiente:

1. Dirección de la unidad de alquiler
2. Nombre, dirección, SSN y número de identificación fiscal del propietario y del proveedor de servicios públicos (si se solicita la ayuda para los servicios públicos)
3. Importe del alquiler que se debe al mes
4. Costes de los servicios públicos y de la energía doméstica que se deben y la cantidad que se solicita aquí
5. Importe de los atrasos de alquiler pendientes (si los hay)
6. Número de meses de pago del alquiler y/o de los costes de los servicios públicos o de la energía doméstica que se solicitan
7. Ingresos del hogar y número de personas que lo componen
8. Sexo, raza y origen étnico del solicitante

Puede ser necesaria otra información en función de las circunstancias específicas del hogar.

No. En este momento, el Programa sólo acepta solicitudes a través de ms-ramp.com, pero póngase en contacto (local: 601-533-8401 o gratuito: 1-888-725-0063) si necesita ayuda.

Sí, previa solicitud, se realizarán ajustes razonables para que las personas con discapacidad puedan participar plenamente en el proceso.

Sí, puede introducir sus datos de acceso en el sitio web de la solicitud para comprobar el estado de su solicitud.

Se le notificará tras un examen completo de su solicitud y de la documentación que la acompaña. Los plazos pueden variar en función de la participación de su propietario y/o proveedor de servicios públicos y del volumen de solicitudes.

Sí, el programa da prioridad a los hogares con ingresos inferiores al 50% de la renta media de la zona o a los hogares en los que al menos una persona haya estado desempleada durante los 90 días anteriores a la fecha de la solicitud.

Actualmente, no existe la posibilidad de firmar los formularios de forma electrónica. Los solicitantes deben imprimir los formularios, firmar como se indica y cargar los documentos.

Servicios públicos

El Programa proporcionará asistencia durante un máximo de 15 meses y no proporcionará pagos por alquileres o gastos de servicios públicos atrasados incurridos antes del 13 de marzo de 2020.

Una copia de un recibo o factura de cada proveedor de servicios públicos que muestre el nombre y la dirección del proveedor, el nombre y la dirección del cliente, el número de cuenta y las fechas de servicio.

La electricidad, el gas, el agua y el alcantarillado, la recogida de basuras y los costes energéticos, como el fuel.

Propietarios

Sí. Después de que el propietario presente una solicitud, el inquilino recibirá un correo electrónico con instrucciones para completar la solicitud. El inquilino debe rellenar la parte de la solicitud correspondiente al inquilino para que la petición de ayuda esté completa y se tenga en cuenta.

Los propietarios pueden inscribir a tantos inquilinos como crean que cumplen los requisitos de elegibilidad. El Programa dará prioridad a las solicitudes tal y como exige la Ley.

No, esto es estrictamente un requisito del propietario.

Sí, si la solicitud se presenta mientras el inquilino reside en la unidad. Si el propietario y/o el inquilino no prevén que el inquilino seguirá residiendo en la unidad, el inquilino no debe solicitar el alquiler futuro.

No, el Programa requiere que el inquilino resida actualmente en la propiedad.

La solicitud del Programa es electrónica; por lo tanto, no se aceptarán solicitudes en papel. Los solicitantes deben explorar todas las opciones disponibles con respecto al acceso y la presentación de la solicitud; sin embargo, si esta no es una opción viable, los solicitantes deben llamar al 1-888-725-0063 y pedir que se les ponga en contacto con un especialista en acceso a la solicitud que se pondrá en contacto directamente con el solicitante para proporcionarle asistencia.